Versión 2 – actualizada el 10/06/2022, por Lucas Bombonato – OAB/PA 19.067

Sumario

1. Nuestras Creencias e Importancia del Código de Ética

1.1. Entendiendo Nuestras Creencias

Fundada el 26 de octubre de 1984, CBAA – Asfaltos Ltda. se enfoca en el desarrollo de Emulsiones Asfálticas Catiónicas, con Certificación de Calidad NBR ISO 9001/2015.

La misión
Producción, comercialización y distribución de productos asfálticos en Brasil, priorizando la seguridad, la calidad y el medio ambiente.

La visión
Tener más del 10% de representación en todas las regiones de BRASIL donde operamos, con enfoque total en nuestros CLIENTES para mejorar la infraestructura del país.

Los valores

  • Seguridad
  • Camaradería
  • Excelencia
  • principio moral
  • Eficiencia
  • Calidad
  • empleabilidad
  • Sostenibilidad

1.2. A quién y cómo se aplica nuestro Código de Ética

Los lineamientos generales previstos en este código deben ser cumplidos por la Junta Directiva, empleados, jóvenes aprendices, pasantes y terceros involucrados en la prestación de servicios.

Todos los implicados tienen acceso a este Código, a través de la página web de la empresa, para su lectura, comprensión y aplicación de las normas en el día a día. Su importancia está directamente ligada a la promoción de una conducta ética en el ambiente de trabajo, con la primacía del amplio respeto y el desarrollo de un clima organizacional satisfactorio.

2. Actuar con el Código en la Práctica

2.1. O Respeito à Segurança do Trabalho e ao Meio Ambiente

Dentro del entorno laboral, CBAA busca garantizar un lugar seguro y respetuoso con el medio ambiente. Por ello, nuestro objetivo es mantener una jornada laboral de riesgo cero, con instalaciones y equipos adecuados, además de una conducta ética y consciente.

2.1.1. En materia de Seguridad Ocupacional, qué esperamos de nuestros empleados en general:

  • Trate de cuidar de usted y sus compañeros de trabajo, en primer lugar;
  • Poner su salud/seguridad y la de otras personas en primer lugar, no aceptando situaciones en las que cualquier proceso de producción pueda exponerlo a riesgos;
  • No acepte trabajar en un ambiente que ponga en riesgo su vida y la de otras personas;
  • Advertir a los responsables en caso de situaciones que pongan en riesgo la integridad de los empleados y de otras personas, así como en caso de accidentes y enfermedades profesionales;
  • Conocer y cumplir con estricto cumplimiento de las normas legales y lineamientos internos en materia de salud y seguridad dentro de la empresa;
  • Procurar capacitarse y realizar únicamente actividades en las que esté técnicamente capacitado, con la debida autorización y en condiciones adecuadas para no poner en peligro su salud física y mental;
  • No beba alcohol ni use drogas ilícitas u otras sustancias que comprometan su capacidad para realizar tareas y lo pongan en riesgo a usted y/o a sus compañeros de trabajo;
  • Cumplir con los estándares de la empresa en cuanto a exámenes médicos de ingreso, periódicos y despidos;
  • Actuar con prudencia y saber proceder en situaciones de emergencia.

2.1.2. En cuanto al Medio Ambiente, qué esperamos de nuestros empleados en general:

  • Respetar la legislación ambiental, cumpliendo sus requisitos;
  • Informar de inmediato a los responsables de la unidad donde trabaja, si tiene conocimiento de algún accidente ambiental en o cerca de las instalaciones de la empresa;
  • Priorizar acciones dentro de la empresa, tales como instalaciones, infraestructura y otros proyectos que respeten y minimicen los impactos ambientales;
  • Ser conscientes del consumo consciente y sostenible de los recursos, como agua, combustible y electricidad, evitando la generación de desechos y productos tóxicos que puedan contaminar el medio ambiente;
  • Realizar acciones de mapeo de riesgos ambientales, con el fin de garantizar la preservación ambiental y el cumplimiento de la legislación vigente.

2.2. Respeto a la Diversidad y los Derechos Humanos

El respeto es una premisa fundamental para nuestra empresa, especialmente en lo que respecta a las necesidades étnicas, raciales, culturales, de género, religiosas, especiales y todo lo que pueda garantizar la preservación de los derechos fundamentales de la persona humana, en su amplio sentido.

Así, esperamos de los empleados un comportamiento ético y moral, en atención a los derechos y deberes de todos, donde se respeten las diferencias y nadie sienta vulnerada su libertad única.

Por lo tanto, no se aceptan actitudes y/o posturas que confronten o irrespeten esta premisa tan importante, donde la valoración de las diferencias y el reconocimiento de la diversidad constituye un agente impulsor de valiosos intercambios de experiencias y el desarrollo del conocimiento y de la organización.

2.3. Manejo de Conflictos y Relaciones Interpersonales

La empresa busca actuar éticamente, realizando y fomentando, a través de lineamientos de formación y gestión, una gestión de personas orientada a un clima organizacional satisfactorio, donde exista el respeto y el desarrollo del trabajo en equipo.

En este sentido, esperamos de todos la no ocurrencia de conflictos y una gestión positiva ante posibles situaciones que imponen esta premisa. Por ello, fomentamos y buscamos motivar a nuestros colaboradores, para que prevalezcan las sanas relaciones interpersonales en el ambiente de trabajo. Para ello, aconsejamos que exista una comunicación asertiva, clara, que pueda inhibir conflictos innecesarios.

Corresponde a los empleados, especialmente a aquellos en posiciones de liderazgo, gestionar las disputas, si se producen, minimizando y eliminando las consecuencias adversas y buscando formas de intervenir y/o resolver el conflicto.

2.4. Combatir el Acoso Moral y/o Sexual

La empresa no aprueba actitudes o prácticas que puedan caracterizar el acoso moral y/o sexual, caracterizado por el abuso de poder, por comportamientos que puedan humillar, avergonzar o coaccionar a los empleados, creando situaciones vejatorias que puedan ridiculizar a la persona o acosarla moral y moralmente. /o sexualmente, violando el principio de respeto y ética de la buena convivencia y clima organizacional satisfactorio.

Así, ante denuncias por este tipo de situaciones, el Sector de Recursos Humanos investigará la información de manera confidencial, escuchará el informe de los empleados involucrados y, mediante el análisis de lo sucedido, orientará al Directorio para proceder con las sanciones disciplinarias correspondientes. con base en el Reglamento Interno de la empresa y la legislación vigente.

Cabe señalar que la empresa actúa activa y periódicamente para sensibilizar, prevenir e investigar cualquier situación de acoso moral y sexual, incluso en los términos previstos en la Ordenanza núm. 4.219 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, independientemente de que la empresa cuente o no con un CIPA, en los términos de la ley. En las investigaciones relacionadas con el acoso moral y sexual, los resultados de las investigaciones se compartirán con CIPA.

3. Política Anticorrupción y Antisoborno

3.1. Respetando la Ley Anticorrupción

La Ley Anticorrupción prevé la responsabilidad administrativa y civil de las personas jurídicas por la práctica de actos contra la administración pública, nacional o extranjera (artículo 1 de la Ley 12.846/2013). Fue creado para combatir los actos lesivos cometidos por las empresas a las entidades públicas, especialmente en licitaciones y contratos.

La corrupción es el acto o efecto de corromper. Es un fenómeno social, político y económico mundial que culmina en el daño a las instituciones democráticas, impidiendo el desarrollo económico y contribuyendo a la inestabilidad política y la desigualdad social.

Por ello, la empresa no tolera actitudes corruptas, en las que exista interés en obtener o generar ventajas o ganancias para sí o para terceros.

Por ello, CBAA presenta un Programa de Integridad, el cual establece las reglas que se deben seguir dentro de la empresa. Este programa está disponible para que todos los empleados lo lean en el sitio web de la empresa, junto con este Código de Ética.

La Ley Anticorrupción prevé, a nivel administrativo, la imposición de una multa que puede variar del 0,1% al 20% de la última facturación bruta. La sanción está prevista en el artículo 6 de la Ley 12.846/2013.

Arte. 6 dispone que “Se aplicarán las siguientes sanciones a las personas jurídicas consideradas responsables de los hechos lesivos previstos en esta Ley:”

  • En la Esfera Administrativa:

I – Multa, en la cuantía del 0,1% (uno décimo) al 20% (veinte por ciento) de los ingresos brutos del último ejercicio fiscal anterior a la interposición del procedimiento administrativo, excluidos los impuestos, que nunca será inferior al beneficio obtenido, cuando sea posible su estimación; Es

II – Publicación extraordinaria de la condena.

  • En la Esfera Judicial:
    • Pérdida de bienes, derechos o valores que representen una ventaja o beneficio obtenido directa o indirectamente de la infracción;
    • Suspensión o interdicción parcial de sus actividades;
    • Disolución forzosa de la persona jurídica;
    • Prohibición de recibir incentivos, subvenciones, subvenciones, donaciones o préstamos de organismos o entidades públicas e instituciones financieras públicas o controladas por las administraciones públicas.

Diante da legislação vigente e da visão ética e íntegra da empresa, de seus colaboradores e parceiros, não permitimos ações, atitudes ou posturas que possam infringir ou desrespeitar os princípios, valores e a lei aqui mencionada.

3.2. Combatir la práctica del soborno

Es necesario entender que el soborno está ligado a la corrupción. Por lo tanto, combatir estos problemas es tan importante que se creó la ISO 37001, también llamada Sistema de gestión antisoborno.
Bajo esta regla, el soborno se caracteriza como: “la oferta, promesa, donación, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser financiero o no financiero), directa o indirectamente, y sin importar la ubicación, en violación de leyes aplicables, como incentivo o recompensa para una persona que está actuando o dejando de actuar en relación con el cumplimiento de sus obligaciones”.

Nuestra empresa no acepta, de ninguna manera, sobornos de ningún tipo. Por lo tanto, para inhibir esta práctica, aplicaremos severos castigos a los infractores.

Entendemos los beneficios de las acciones antisoborno:

  • Credibilidad ante el mercado y la sociedad en su conjunto;
  • Mayor ventaja competitiva sobre la competencia;
  • Atractivo para las inversiones;
  • cultura organizacional ética;
  • Prevención de desviaciones éticas, como apropiación indebida, prácticas corruptas y manipulación de estados financieros;
  • Gestión con sustentabilidad y mayor margen de utilidad;
  • Señalización y evaluación continua de riesgos, con prevención y reducción significativa;
  • Mejora de la eficiencia y calidad de los servicios/productos;
  • Expansión en la mejora de los niveles de gestión;
  • Promover la transparencia de la empresa en todos sus procesos;
  • Reducción de gastos con pago de multas y sanciones.

La actitud ética en el desarrollo de las actividades de la empresa debe ir más allá de la obligación legal. Debe estar integrado en la cultura organizacional, donde todos estén comprometidos y sean conscientes de la responsabilidad dentro de la empresa y hacia la sociedad.

4. Seguridad de la Información y Uso de Redes Sociales

4.1. Garantizar la confidencialidad y la seguridad de la información

Ante el avance de las tecnologías y la facilidad de acceso a los más diversos medios de comunicación, entendemos que es necesario preservar el secreto y garantizar la seguridad en el uso de la información de la empresa.

Se aconseja que:

  • Tenga cuidado al transmitir información de la empresa, ya sea en lugares privados y/o públicos, incluso en conversaciones informales;
  • Utilizar la información de la empresa únicamente para fines de exclusivo interés de nuestra organización, salvo autorización formal de la gerencia, para algún fin diferente;
  • Quedan expresamente prohibidas las copias, copias de seguridad y reproducción de los contenidos de la empresa para fines de interés personal o de terceros;
  • No compartir ni divulgar imágenes e informaciones confidenciales a entidades externas o medios públicos, para uso en procesos internos de la empresa, sin autorización previa de la gerencia;
  • Comunicar y denunciar prácticas que violen nuestros lineamientos para la preservación de la seguridad de la información y el uso indebido de documentos, contenidos e incluso el uso de claves de acceso por parte de terceros, sin el conocimiento y autorización de la empresa.
  • El incumplimiento de las prácticas éticas y lineamientos de seguridad de la información incurrirá en estrictas sanciones disciplinarias, avaladas por la legislación vigente.

Es importante destacar que el CBAA presenta una Política de Privacidad y Protección de Datos – PPPD, por estar en línea con lo que exige la LGPD.

El presente documento establece las normas, derechos y deberes que deben cumplir todos los empleados, en materia de protección de datos personales. Cabe señalar que dicha política se encuentra disponible en el sitio web de la empresa para su lectura.

4.2. Uso de las redes sociales

Con el desarrollo de la tecnología informática y el surgimiento/expansión del uso de las redes sociales a través de internet, donde las personas se relacionan a través de sitios web y plataformas virtuales, es necesario tomar conciencia de los impactos directos e indirectos a través de las publicaciones y acciones generadas. Por ejemplo, tenemos el uso de perfiles en redes sociales como Facebook, Instagram, Twitter, Linkedin, entre otras.

En este sentido, recomendamos que:

  • Usar el sentido común y el cuidado al divulgar imágenes, información y noticias que puedan tener alguna interferencia o asociación con los derechos de autor y la personalidad de la empresa;
  • No divulgar imágenes con uniforme, gafete o dentro de las instalaciones de la empresa;
    Sólo divulgar o compartir información y contenidos de interés de la empresa, con la debida autorización previa del directorio respectivo;
  • Siempre es recomendable optar por preservar nuestra propia imagen profesional y velar por el respeto a la imagen de los compañeros de trabajo y de nuestra empresa.

5. Preservar nuestro código

5.1. Cómo cuidar para conservarlo

Actuar con ética y respeto por los demás y el lugar donde se trabaja es algo que se espera de todos y cada uno de los profesionales que buscan credibilidad en el mercado laboral. Por ello, nuestra empresa no podía esperar nada diferente de sus profesionales, colaboradores y socios.

De esta forma, es deber de todos preservar y garantizar el respeto a sus lineamientos, manteniendo una buena relación, cuidando la reputación e integridad de los empleados y de la empresa, respetando las normas, procedimientos, valores establecidos y la cultura organizacional existente. .

Así, buscamos cultivar siempre un buen ambiente de trabajo, a través de actitudes y decisiones alineadas con los objetivos e intereses comunes de la empresa, que constituyen el principio rector de la visión y misión empresarial.

Cuidar el Código de Ética y Conducta de la empresa CBAA – ASFALTOS Ltda. es responsabilidad de todos.

Creemos que podemos confiar en cada uno, en la garantía de este cuidado y en la esperada conservación.

5.2. Incumplimiento del Código

El incumplimiento de los procedimientos, normas y recomendaciones descritos en este Código de Ética y Conducta dará lugar a sanciones disciplinarias al infractor. Son ellas:

  • Advertencia verbal;
  • Noticia escrita;
  • Suspensión o;
  • Resignación.

Los asuntos relacionados con el incumplimiento de este Código serán tratados por el Sector de Recursos Humanos en conjunto con la gerencia de la empresa, aplicándose sanciones de acuerdo a la gravedad del acto practicado.

Haga clic aquí para acceder al Término de Compromiso.

5.3 Canal de denuncia

Para garantizar la preservación de este código, la compañía dispone de un Canal de Denuncias al que pueden acceder todos los empleados y terceros, para que, incluso de forma anónima, puedan formalizar situaciones de incumplimiento de las normas de este código.